viernes, 26 de febrero de 2016

PELIGROS DE LAS RADIACIONES

La NOM-229-SSA1-2002 dice en el punto 5.2.1 "En las instalaciones fijas o móviles, la de limitación de la zona controlada debe efectuarse mediante elementos estructurales o de construcción tales como pisos, paredes y techo. La sala de rayos X y el área de ubicación de la consola de control del equipo deben quedar dentro de la zona controlada.” En la cínica D el aparato de Rayos X está en donde los módulos, no delimitado por ninguna pared. 

 Según la NOM-157-SSA1-1996 se debe contar con este equipo de protección: 7.4.1 Mandil con espesor equivalente de 0.5 mm de plomo cuando cubra solamente el frente del cuerpo, o mandil de 0.25 mm cuando cubra completamente el frente, los costados del tórax y pelvis. 7.4.2 Guantes de compresión con espesor equivalente a 0.5 mm de plomo. 7.4.3 Guantes para intervención con espesor equivalente de 0.25 mm de plomo. 7.4.4 Collarín para protección de tiroides con espesor equivalente a 0.5 mm de plomo. 7.4.5 Anteojos para protección del cristalino, con cristales de espesor equivalente a 0.2 mm de plomo. 7.5 Durante los estudios fluoroscópicos de intervención que utilicen equipo con arco en C, todo el personal que participe debe usar mandil con espesor equivalente a 0.5 mm de plomo. En nuestras clínicas, sólo contamos con los mandiles/chalecos; uno para el operador y otro para el asistente.

El equipo no tiene un lugar para guardarlo, se deja ahí.

Algunas de las cajas ya están muy dañadas y les entra luz, lo que no nos da condiciones óptimas para el revelado.

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